04/09/2025
El 22 de agosto de 2025 se publicó y entró en vigor la Portaría MF nº 1.862, que establece medidas excepcionales debido a la imposición de aranceles adicionales por parte de los Estados Unidos de América sobre las exportaciones brasileñas.
La norma regula las condiciones para la prioridad en la devolución y reembolso de créditos tributarios y para el diferimiento del plazo de vencimiento de tributos federales y cuotas relativas a la deuda activa de la Unión, estableciendo:
Prioridad en solicitudes de devolución/reembolso:
Las empresas exportadoras (incluidos los proveedores de empresas comerciales exportadoras) tendrán prioridad en el análisis de los procesos transmitidos a través de PER/DCOMP.
Abarca solicitudes ya presentadas y nuevas solicitudes presentadas dentro de los seis meses posteriores a la publicación de la Portaría, prorrogables por igual período.
Prórroga de plazos para tributos federales:
Tributos con vencimiento en agosto de 2025: prorrogados hasta el último día hábil de octubre de 2025.
Tributos con vencimiento en septiembre de 2025: prorrogados hasta el último día hábil de noviembre de 2025.
Incluye tributos administrados por la Receita Federal y cuotas de parcelamientos o transacciones celebradas con la PGFN.
La medida no se aplica al Simples Nacional.
Criterios de elegibilidad:
Empresas que demuestren haber sido afectadas por la orden ejecutiva del 30/07/2025 (lista de NCM a ser publicada por el MDIC).
Porcentaje mínimo del 5% de la facturación bruta anual (jul/2024 a jun/2025) proveniente de exportaciones a los Estados Unidos.
Incluye también empresarios individuales, MEIs y productores rurales con CNPJ.
Las medidas tienen como objetivo aliviar los impactos económicos de los aranceles adicionales, garantizando mayor liquidez a las empresas exportadoras mediante la postergación de tributos y la aceleración en la devolución de créditos.
Las empresas exportadoras afectadas deben estar atentas, verificando si sus operaciones están contempladas en los NCM publicados por el MDIC, evaluando posibles solicitudes de devolución/reembolso pendientes o futuras y reprogramando el flujo de caja de acuerdo con los nuevos plazos establecidos, en caso de cumplir con los requisitos de la Portaría MF nº 1.862/2025.
El equipo de Dupont Spiller Fadanelli Advogados acompaña el tema y queda a disposición para aclarar cualquier duda al respecto.